Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EN CADA UNA DE SUS PARTES el acuerdo de Responsabilidad de Crianza (Custodia) incoado por la Fiscalía Octava del Ministerio Público del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por requerimiento del ciudadano, GIL OCTAVIO MARTINEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad Nº V-9.425.757, contra la ciudadana AMPARO JOSEFINA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad N° V-8.345.613, asistida por la Defensora Pública Segunda especializada en materia de Protección. En consecuencia, detentará la ciudadana AMPARO JOSEFINA RODRIGUEZ, EL EJERCICIO DE CUSTODIA, de sus hijas (Identidad omitida conforme a lo estable.....