IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se repone la causa al estado de Citación, para que se agoten los trámites de la citación de la parte demandada, ciudadana MARÍA GRAZIA GIANCARLI, de nacionalidad Italiana, mayor de edad, soltera y titular del pasaporte N° AA2055531, de conformidad con lo previsto en el Capítulo IV, del Libro Primero del Código de Procedimiento Civil; advirtiéndole a la parte actora que a los fines de proveer sobre la citación aquí ordenada, debe previamente indicar la correcta dirección de la anteriormente mencionada ciudadana.