es por lo que esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana ARELIS MILLAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.652.746, en beneficio de su hijo, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana ARELIS MILLAN, antes identificada, para que en nombre y representación de su hijo, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, pueda gestionar el cobro de la cuota correspondiente al mencionado adolescente en las acreencias y beneficios en las que resulte acreedor con ocasión del fallecimiento de su padre, ci.....