Bajo los anteriores señalamientos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Le imparte su homologación al acuerdo transaccional presentado en fecha 21.11.2023, por los abogados GASPAR DUBOIS ARISMENDI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.761, en su carácter de apoderado judicial de la de parte actora, Sociedad Mercantil FOSPUCA BARUTA, C.A. y el abogado JESUS RAFAEL GARCIA ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.291, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, Empresa HOTEL TIBISAY BEACH RESORT 2010, C.A., conforme a lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del e.....