PRIMERO: Debido a que la madre detenta la custodia de su hija, el padre compartirá con ella el día o los días que esté libre en su sitio de trabajo, así establece que seria en sus fines de semana libres, dependiendo de su tipo de trabajo. SEGUNDO: En vacaciones escolares, decembrinas, semana santa, carnavales, se pondrán de acuerdo ambos padres dependiendo si están libres en su sitio de trabajo, el día del padre, de la madre, cumpleaños con quien corresponda y en el cumpleaños de la niña ambos padres compartirán con ella. TERCERO: Ambos comunicarán a la otra cualquier situación que tenga que ver con su hija así como cualquier modificación que se haga en cuanto al régimen establecido, ambos tienen que procurar mantener una buena comunicación y respeto para el desarrollo integral de la niña. En tal virtud, esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, ADMITE la misma por no se.....