Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley;
PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del asunto llevado en contra de la ciudadana LUX MARIA RAMOS SANCHEZ, quien es VENEZOLANA, NATURAL DE Porlamar, estado Nueva Esparta, nacida en fecha 06-01-1981, de 30 años de edad, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad No. 17.418.663, residenciada en la Calle La Batea, sector 12 de Octubre, casa No. 14-16 de color azul, en el Sector Bella Vista de Porlamar, Municipio Mariño de este Estado, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para la fecha en que cometió el hecho. Todo se realizó conforme a lo dispuesto en los artículos 108 ordinal 5°, en concordancia con el artículo 110 ejus.....