Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA , seguida al ciudadano PERSONAS DESCONOCIDAS antes identificado, de conformidad con los artículos 318.4, 320, 323, y 324 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto cuando a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado. Notifíquese a las partes a los fines legales consiguientes.
Regístrese, publíquese y diarícese en fecha 18 de Septiembre de 2006, y déjese copia de la presente sentencia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estad.....