DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos VALENTINA PEREZ GUEDEZ y JORGE ALEJANDRO AVENDAÑO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.834.342 y 10.380.285 respectivamente, asistidos de la abogada en ejercicio RILMAR CASTRO LEON, inscrita en el inpreabogado bajo el número 75.437, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 07.06.1996 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, hoy Distrito Capital, según consta de acta número 177, inserta en el.....