TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos : , hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se estima procedente decretar que se continúe la investigación por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: En cuanto a la precalificación jurídica este tribunal acoge la precalificación del delito de VIOLACION establecida en el articulo 374 del Código Penal, AMENAZAS, establecida en el articulo 41 de la Ley Orgánica Para el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en relación a la Ciudadana Lemus Cachita Criselis Del valle, HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVO INNOBLE EN GRADO DE FRUSTRACION , previsto en el articulo 406 ordinal 1ª en rel.....