en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, Primero: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana JUANA DEL VALLE LÓPEZ AGREDA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.543.286, debidamente asistida por el abogado NESTOR LUIS ROMERO GUZMAN, en beneficio del niño (OMITIDO CONFORME A LA LEY), de siete (07) años de edad. Segundo: Autorizar a la ciudadana JUANA DEL VALLE LÓPEZ AGREDA, antes identificada, para que en nombre y representación del niño (OMITIDO CONFORME A LA LEY), acuda ante la dirección del Ministerio del Poder Popular para la Educación o cualquier otro organismo, público o privado, y/o entidad bancaria, para gestionar el cobro de la cuota parte correspondiente al mencionado niño en las acreencias y beneficios en las que resulten acreedores con ocasión al fallecimiento de su padre, ciudadano ANGEL ARMANDO ZABALA DIAZ, quien .....