II
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando como Tribunal mixto, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento: sobresee la presente causa seguida contra Hildemaro Yánez Granado, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 24 años de edad, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, nacido en fecha 18 de noviembre de 1979, titular de la cédula de identidad nro. 15.932.860, con residencia en la Calle Principal de Altagracia, cerca del Club Árabe, Altagracia, estado Nueva Esparta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 1° en concordancia con el artículo 324, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de violación, previsto y sancionado en el artículo 375, encabezamiento, del Código Penal. Se ordena la cesación de todas las medidas de coerción que hubieren sido dictadas. Se deja constancia que las partes fueron.....