"PRIMERO: CON LUGAR la Privación de Patria Potestad incoada por la ciudadana CLAUDIA PATRICIA FRANCO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-11.498.275, ASISTIDA por los abogados, ALEXANDRA RIVAS OLIVERO y NICOLAS HERNANDEZ inscritos en el inpreabogado bajo los números 149.242 y 192.549, respectivamente, contra el ciudadano OSCAR JAVIER PIÑA BRAVO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-9.603.255, REPRESENTADO por el Defensora Judicial, ABG. ALIDA ESPINOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro: 43.758, por demostrarse la causal "C" del Artículo 352 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, el ciudadano OSCAR JAVIER PIÑA BRAVO, queda privado de la Patria Potestad de su hija "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente", por lo que la representación de la referida adolescente, ante i.....