Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Privación de Patria Potestad incoada por la Fiscalía Octava del Ministerio Público especialista en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, por requerimiento de la ciudadana ERIKA DEL VALLE SALGADO CAMPOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-17.216.349, contra el ciudadano JUAN JOSE ADRIAN VALERIO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 12.222.784, por demostrarse la causal "C" del Artículo 352 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, el ciudadano JUAN JOSE ADRIAN VALERIO, queda privado de la Patria Pote.....