la Ley H O M O L O G A en todos y cada uno de sus términos el acuerdo de: PENSION DE ALIMENTOS, a favor de sus hijas: (OMITIDO CONFORME A LA LEY) de quince (15) diez (10) y ocho(08) años de edad respectivamente, suscrito en fecha 22-02-2.006, por los Ciudadanos: MARISOL MEDINA AZOCAR y JOSE DEL CARMEN BOADAS CARABALLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad, Nros. V-9.303.351 y V-9.307.406 respectivamente, considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada.