Con base al análisis de las actas que conforman la presente causa, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: PRIMERO: Se DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR LA MUERTE DEL IMPUTADO PEDRO JESUS OLIVIERI LEIBA, quién en vida fuera venezolano, natural de Yaguaraparo, estado Sucre, identificado con la cédula de identidad No. V-13.782.150, de profesión u oficio comerciante y domiciliado en el Urb. Villa Esperanza, Terraza 14, casa 134-A, San Antonio del estado Nueva Esparta; en consecuencia, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, seguida al ciudadano PEDRO JESUS OLIVIERI LEIVA, ya identificado, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Física y Violencia Psicológica, tipificados en los artículos 17 y 20 de la derog.....