Vistos y analizados los anteriores particulares, ESTE TRIBUNAL ESTADAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Habiendo solicitado el Ministerio Público, el procedimiento establecido en los artículos 141 y siguientes de la Ley Orgánica de Drogas, al determinar el consumo de estupefacientes por parte del ciudadano Javier Rojas, este Tribunal así lo decreta al evidenciarse que estamos en presencia de un ciudadano consumidor. SEGUNDO: Se acoge la precalificación dada a los hechos por el Ministerio Público, de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 con la agravante del ultimo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con el numeral 1° del artículo 236 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Pro.....