En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano HARRISON ALAIN FRANCO quien es de nacionalidad venezolana, natural de Puerto Cabello, estado Carabobo, titular de la cédula de identidad Nº V-12.427.470, nacido en fecha 09-10-1973, de estado civil casado, de Profesión u oficio obrero y parkero, residenciado en Pampatar, la Caranta, al lado de Stigma, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos. Y se ordena mantener la Medida de .....