"La Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JUBEL JOSE BRITO MARCANO y CELINA ELENA ESPARRAGOZA DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V- 9.421.959 y 11.356.789 respectivamente, asistidos de la abogada en ejercicio Daisy Larez Villarroel, inscrita en el inpreabogado bajo el número 31.356, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 12.04.1996 ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Blas, El Socorro y Catedral del Municipio Valencia, Estado Carabobo, según consta de acta número 39, inserta en el Tomo I del Libro de Registro Civil .....