Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda MANTENER AL ACUSADO ROGELIO RAFAEL TINEO, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.284.669, en la sede del Internado Judicial y en consecuencia, NIEGA EL REPOSO DOMICILIARIO al considerar que puede efectuarse los exámenes complementarios que amerita para definir su diagnóstico definitivo desde el referido centro de reclusión, quien deberá consignar las citas médicas para los referidos exámenes con anticipación, a los fines de efectuar oportunamente los traslados del acusado al centro hospitalario que deba acudir, con la custodia designada, y se ordena al Director del Internado Judicial, brindar la asistencia médica a través del servicio médico del Internado Judicial de la Región Insular, y en caso de que sobrepase la capacidad operativa del referido departament.....