Por las razones antes expuestas, esta Sala Accidental Nº 14 Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Bolivariano Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, conforme al artículo 439, numerales 4 y 5, del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto por las profesionales del derecho HILMARYS VELASQUEZ Y ERATHY SALAZAR, en su carácter de Defensoras Privadas de los Imputados JOSE VELASQUEZ NORIEGA, y LUIS CARLOS ROSELIANO MARCANO, contra la decisión dictada en Audiencia de Presentación celebrada en fecha 28 de mayo de 2026 y fundamentada en fecha 03 de junio de 2026, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Bolivariano de Nueva Esparta, mediante el c.....