este Tribunal actuando en su condición de garante del debido proceso y de la tutela judicial efectiva, anulando o corrigiendo los errores u omisiones que pudieran acarrear la nulidad de los actos procesales, repone la presente causa al estado de practicar la notificación de la empresa demandada en la persona los ciudadanos VICTOR HUGO HERNÁNDEZ y MORRIS SENIOR PÉREZ, titulares de las cédulas de identidad N° 5.314.543 y 7.306.193, respectivamente, en su carácter de Directores de la empresa demandada o su apoderado judicial EDUARDO LUJÁN. Líbrese nuevo Cartel de Notificación y entréguese al Alguacil, a los fines legales consiguientes. Cúmplase.-