Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, de conformidad con el artículo 159, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la PRESCRIPCION DE LA ACCION alegada por la representación judicial de la empresa demandada MEDI TAWIL, C. A.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales, intentada por el ciudadano ALEXANDER FERNANDO VASQUEZ en contra de la empresa MEDI TAWIL, C. A.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de La Asunción, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil cuatro (2004).