este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, revisada la transacción presentada por las partes, y por cuanto la mismo no es contraria a derecho, y no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el ordinal 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; y artículos 09 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo, por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, homologa igualmente el desistimiento realizado por la parte accionante ciudadano VICTOR RAUL BETANCOURT HERNANDEZ, con respecto a la reclamación del Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, contra la empresa CONSOLIDADES DE FERRYS C.A., (CONFERRY). Por último, en virtud.....