En atención a los señalamientos anteriormente descritos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y en consecuencia, extinguido el proceso.--------------------------
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza de la decisión.----------------
Publíquese, regístrese, diarícese, y déjese copia certificada.---------------------
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en la ciudad de Pampatar, a los treinta (30) días del mes de abril de dos mil dieciocho (2018). Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.---------------------------------------------------------