204º y 155º.-
Vista la diligencia que antecede suscrita por los ciudadanos LUIS ERNESTO MONDRAGON e YSABEL JOSEFINA BONALDE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V- 6.098.889 y V- 13.214.993, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio ORANGEL BONALDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 30.897, parte actora en el procedimiento de OFERTA REAL DE PAGO seguido a favor del ciudadano MAYKEL ANTONIO MIJARES RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de Identidad Nro. V- 11.044.581. Ahora bien, en virtud del desistimiento, efectuado por los solicitante y habiéndose realizado el mismo antes de la citación de la parte oferida, no se hace necesario el consentimiento de esta. En consecuencia, de conformidad con el Articulo 826 en su Primer Aparte del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal le imparte su homologación y ordena proceder como en sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada, conf.....