REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
PAMPATAR, 22 de Abril de 2015.-
204º y 155º.-
Vista la diligencia que antecede suscrita por los ciudadanos LUIS ERNESTO MONDRAGON e YSABEL JOSEFINA BONALDE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V- 6.098.889 y V- 13.214.993, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio ORANGEL BONALDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 30.897, parte actora en el procedimiento de OFERTA REAL DE PAGO seguido a favor del ciudadano MAYKEL ANTONIO MIJARES RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de Identidad Nro. V- 11.044.581. Ahora bien, en virtud del desistimiento, efectuado por los solicitante y habiéndose realizado el mismo antes de la citación de la parte oferida, no se hace necesario el consentimiento de esta. En consecuencia, de conformidad con el Articulo 826 en su Primer Aparte del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal le imparte su homologación y ordena proceder como en sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal le imparte su homologación y ordena proceder como en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Del mismo modo, se acuerda hacer entrega a la parte oferente del cheque de gerencia signado con el Nro. 00002494, del Banco Banesco, librado a favor del ciudadano MAYKEL ANTONIO MIJARES RODRIGUEZ, por la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL BOLIVARES CON 00/100, el cual fue consignado junto con la solicitud de Oferta Real.- Líbrese Recibo a los fines de dejar constancia que los oferentes recibieron el cheque antes identificados.- Archívese el expediente. CUMPLASE.
El Juez



Dr. JOSE GREGORIO PACHECO,


La Secretaria,


NOTA: En esta misma fecha 22-04-2015, se dicto y público la anterior decisión, previa las formalidades de Ley bajo el Nro. 2015-1740, siendo las 2:30 p.m. Conste.-
La Secretaria,


Abg. Yennifer Soto Velásquez.-


Expediente Nro.2014-2485.
Luisa.-