En el caso de autos, la demandada-Reconviniente no expresa con precisión el objeto de la reconvención, tampoco expresa con claridad y precisión los fundamentos de la reconvención, limitándose a escrimir los mismos argumentos de su contestación a la demanda principal, de manera que no estamos en presencia de una contrapretensión independiente, se trata de una petición de rechazo de la demanda, fundamentada en los mismos argumentos que sustentan la contestación y que no son materia de reconvención, en consecuencia, lo que pretende el actor en la reconvención es suplir el efecto de una excepción, esto es, rechazar o anular la pretensión del actor, y por lo tanto, constituye una defensa ampliada, no una demanda reconvencional. ---------------------------------------------------
Siendo así, concluye este Sentenciador que en el caso de autos no se dan las características señaladas, ni los supuestos técnicos jurídicos que definen la Reconvención, por lo que forzamente se deberá declarar Inad.....