En consecuencia, este Tribunal comprobado como ha sido el derecho que el solicitante alega y una vez examinados y valorados los documentos consignados, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, vistas las anteriores actuaciones, declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE POSESIÓN, a favor del ciudadano EMILIO JOSE MARCANO GUZMAN venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.110.506, sobre un Vehículo Automotor, cuyas características son las siguientes: Marca: BERA, Año: 2011, Modelo: BR200-4/20, Clase: MOTO, Tipo: PASEO, Uso: PARTICULAR, Color: ROJO, Serial del Chasis: N/A, Serial del Motor: BR163FMLAA012530, Serial VIN: N/A, Serial de Carrocería: 821MZ4E58BD003938, Placa: ACW3W36D.
De conformidad con los previsto del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se dejan a salvo los derechos de terceros y se advierte que la presente declaratoria basada en declaraciones de testigos de quienes se pr.....