ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a dictar sentencia condenatoria conforme a los artículos 347, 349 y 375 todos del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 110 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia y lo hace en los siguientes términos: PRIMERO: Se DECLARA CULPABLE acusado JORGE DEL VALLE VILLALBA, como venezolano, titular de la cedula V-15.089.983, fecha de nacimiento 23-04-1977, nacido Guiria, Estado Sucre, hijo de Victoriano Betancourt (F) y Inés Maria Villalba (F), domiciliado: Juan Griego, casa sin numero, cerca el CDI, Municipio Marcano, de este Estado; por ser autor y responsable de la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA AGRAVADA Y VIOLENCIA FISCA AGRAVA.....