Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a lo dispuestos en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, resuelve: PRIMERO: Se DECLARA CULPABLE al ciudadano OVIDIO JOSE PALOMO BOLIVAR, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, del Distrito Capital, , fecha de nacimiento 19-10-1975, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.489.267, residenciado Las Guevara, Sector Nueva Esperanza, casa s/n, detrás de la Gran Vía, Municipio Tubores del estado Nueva Esparta, teléfono 0416 9969726; de ser autor y responsable del delito de VIOLENCIA PSICOLOGÍCA, AMENAZA AGRAVADA y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previstos y sancionados en los artículos 39, 41 primer aparte y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre los .....