Esta Juzgadora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana NANCY DEL CARMEN QUESADA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.296.481.SEGUNDO: DECRETAR como CARGA FAMILIAR de la ciudadana NANCY DEL CARMEN QUESADA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.296.481, a la niña (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA) de once (11) meses de edad, en su calidad de nieta, y pueda percibir EN CASO DE SER PROCEDENTE, los beneficios correspondientes al seguro HCM, Becas Estudiantiles, y cualesquiera otros beneficios que cancele la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, como funcionaria jubilada de dicha institución, salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 937 del Código de Proc.....