Esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por el ciudadano NEMENCIO JOSE FUENTES venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro V-11.853.832. SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES de la ciudadana MERCI DEL VALLE LOPEZ, fallecida ab-intestado en fecha 04-03-2011 quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nro V-8.380.410 al cónyuge sobreviviente de nombre NEMENCIO JOSE FUENTES venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro V-11.853.832, y a sus dos hijos, (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA) de quince y doce (15 y 12) años de edad, dejándose a salvo derechos de terceras personas, .....