Esta Jueza Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana Jennifer Carolina Semidey Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.375.352, en beneficio de su hijo el niño Julio Cesar Ruiz Semidey. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana antes identificada, para que acuda ante las autoridades competentes, a realizar los trámites necesarios tendentes a la tramitación y obtención del Pasaporte que requiere el niño antes mencionado. LA PRESENTE NO AUTORIZA AL NIÑO EN REFERENCIA A VIAJAR FUERA DEL PAÍS.