, esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana KIRLA MARIELY ALDAZORO HERRERA venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro V-14.692.538. SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano, RAFAEL ALBERTO MEDINA MARQUEZ fallecido ab-intestado en fecha 10-08-2010, quien era titular de la cédula de identidad N° V-6.727.794 a la cónyuge sobreviviente de nombre KIRLA MARIELY ALDAZORO HERRERA venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro V-14.692.538 y a sus hijos, Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), de siete (07) y un (01) años de edad dejándose a salvo derechos de terceras perso.....