esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por el ciudadano IVAN ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.479.180, en beneficio de su nieto, el niño (omitido conforme a la ley). SEGUNDO: AUTORIZAR al ciudadano IVAN ENRIQUE ACOSTA ALFONZO, antes identificada, para que en nombre y representación de su nieto, acuda ante el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL) para gestionar el cobro de las acreencias y beneficios en las que resulte acreedor el precitado niño con ocasión al fallecimiento de su padre ciudadano RUBEN LUIS MARIN DAZA, quien en v.....