esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, mientras dure el presente juicio, Dicta MEDIDA PROVISIONAL DE CUSTODIA en beneficio de la niña (omitido conforme a la ley) al Ciudadano AQUILES JOSE ZERPA CASTILLO venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N: 15.587.664, y domiciliado en Sector El Espinal, Mata de Coco, Calle Virgen del Carmen, casa N:01, Municipio Díaz del estado Nueva Esparta, de conformidad con lo establecido en los Artículos 466 Parágrafo Primero, literal "c" de la Ley Especial. ASÍ SE DECIDE.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en la ciudad de La Asu.....