esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley y de conformidad con lo establecido en el literal "K" del Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo previsto en el artículo 517 ejusdem y Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud incoada por los ciudadanos EBELIA JOSEFINA RODRÍGUEZ DE RAMOS, ALEX RAFAEL RAMOS RODRÍGUEZ, ALEXANDRA DEL VALLE RAMOS RODRÍGUEZ, ANGELYS DEL VALLE RAMOS RODRÍGUEZ, AUREVELYS RAMOS RODRIGUEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.473.343, V-14.543.592, V-20.111.849, V-16.545.357, V-15.675.413 respectivamente, la primera nombrada actuando en su propio.....