Esta Jueza del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos YVAR ENRIQUE HELDER WOLKMAR CELIS Y MARIANNY DE LOS ÁNGELES MARTÍNEZ SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-14.989.343 y V-15.111.192, asistidos por la Abogada Nilda Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 121.450, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído el día 10.02.2001 ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Sucre. ASÍ SE DECIDE. No hay condenatoria en costas.