DECISIÓN
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por la SUCESIÓN JOSE ANTONIO VARELA GARCIA, conformada por los ciudadanos MARIA DEL ROSARIO LOPEZ DE VARELA y JUAN AURELIO VARELA LOPEZ, contra la Alcaldía del Municipio Autónomo Península de Macanao del estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: se declara la Nulidad parcial del auto de admisión de fecha 18 de mayo de 2018, así como de las actuaciones subsiguientes, sólo en lo que referente a la admisión del recurso respecto la SUCESIÓN JOSE ANTONIO VARELA GARCIA, conformada por los ciudadanos MARIA DEL ROSARIO LOPEZ DE VARELA y JUAN AURELIO VARELA LOPEZ.
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