Seguidamente el Tribunal declara embargado ejecutivamente el inmueble anteriormente descrito e indicado por la apoderada judicial de la parte actora, Dra. Sandra Villalba Pérez, poniéndolo en posesión de la Depositaria Judicial Nueva Esparta, C.A., en su representante ciudadano Francisco Antonio Cañas, antes identificado, quien lo recibe conforme para su guarda y custodia