Esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, declara: PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana Gertrudis Maria Gil de Vásquez, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.051.076, en beneficio de sus hijos, los adolescentes (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA). SEGUNDO: AUTORIZA a la ciudadana Gertrudis Maria Gil de Vásquez, antes identificada, para que en nombre y representación de sus hijos, gestionar el cobro de la cuota parte correspondiente a los mencionados adolescentes ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación, y ante cualquier otro organismo, pú.....