esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes, formulada por los ciudadanos José Antonio Rosas Vieira y Mary Carmen Villarroel Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.220.965 y 15.895.565 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 23.02.2001 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 44, inserta al vuelto del folio 51 y folio 52 del Libro de Registro de Matrimonio llevado ante dicho Despacho.
Extinguida la Comunidad de Gananci.....