En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos DENYS DEL JESUS SALAZAR PENOTH y GLENDYS JOSEFINA ALFONZO ALFONZO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- V- 14.358.007 y V-15.005.312 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 30-12-1997 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Península de Macanao del estado Nueva Esparta.