vista la exposición de las apoderadas judiciales de las empresas demandadas desisto del presente procedimiento; solicitando al Juzgado la homologación del mismo, de igual forma solicito que me sean devuelto los escritos de pruebas consignados. En este estado la apoderada judicial de la empresa "DIAGEO VENEZUELA, C.A." la codemandada DIAGEO niega la relación laboral alegada por la actora sin embargo, conviene en la prescripción de la acción, por cuanto ciertamente trascurrió más de un (01) año desde la fecha de la terminación de la relación laboral alegada por la actora, y la apoderada judicial de la empresa "VIP MODELS, C.A." ante identificada declaran que conviene en el desistimiento del procedimiento alegado por la apoderada judicial de la parte actora y de igual forma solicitan la devolución de los escritos de pruebas consignados.
Este Juzgado, visto el desistimiento del procedimiento homologa el mismo se conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil por apl.....