En virtud de lo antes expuesto se desprende y está demostrado el derecho que las solicitantes alegan, en consecuencia este Juzgado Cuarto de Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia Social en nombre de la República Boliviana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, declara a los ciudadanos VIVIER JOSE SALAZAR NORIEGA, EMIS DEL VALLE SALAZAR NOERIEGA, JOSÉ OSCAR SALAZAR NORIEGA, IVAN JOSE SALAZAR RIVAS, plenamente identificados en autos, como los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de su causante OSCAR ANTONIO SALAZAR.-
Tómese nota de este decreto en el Libro Diario y devuélvanse originales de estas actuaciones a los interesados, así como también expídanse por secretaria cuatro (3) juegos de copias certificadas de todas las actuaciones de la pres.....