En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio por los ciudadanos EDUARDO JOSE PATIÑO NUÑEZ y ROSA JOSE GONZALEZ, ya identificados con fundamento en el artículo 185 "A" del Código Civil.
SEGUNDO: Disuelto, el vinculo Matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 12 de Febrero de 1.988, ante la Primera autoridad Civil de la Parroquia Guevara del Municipio Autónomo Gómez del Estado Nueva Esparta, según consta de Acta N° 03.vto. 3 al 4, del Libro de Registro Civil, en un todo conforme con lo previsto en el artículo 185- "A" del Código Civil.-