En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda incoada VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ SALAZAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad ni 1.323.427, asistido por la abogado YOMENIA GONZÁLEZ FERNÁNDEZ; y condena a la ciudadana NÉLIDA MORALES GARCÍA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad no. 1.321.312: 1) a entregar a los sucesores de VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ SALAZAR completamente desocupado el inmueble objeto del contrato de arrendamiento. 2) A pagar la cantidad que resulte del cálculo de los meses transcurridos desde el día 15 de enero de 1.998 a la fecha en que quede definitivamente firme la presente sentencia, a razón de quince mil bolívares (Bs. 15,000,00) mensuales, lo cual se determinará mediante experticia complementaria del presente fallo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena a la p.....