En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por desalojo interpuesta por el ciudadano GIUSEPPE COVIELLO, italiano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. E- 84.282.251, contra el ciudadano MARCOS SALVADORI, italiano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° E- 81.360.320, por haber dejado de cancelar de forma continua y sin justificación alguna los cánones de arrendamiento correspondientes. En consecuencia, se ordena al demandado MARCOS SALVADORI la desocupación y entrega inmediata del inmueble arrendado constituido por un Apartamento, distinguido con las siglas 10-B, situado en el piso 10 del edificio denominado "Royal Palace", ubicado en la Calle Fermín, entre Calles Tubores y Jesús María Patiño, de la ciudad de Porlamar, Jurisdicción del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta.- SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con.....