decreta Medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un bien inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nro. 3-F. piso 3, del Conjunto Residencial La Cresta, calles El Mero y El Carite de la Urbanización Playa El Ángel, Pampatar, Municipio Maneiro de este estado, con un área de 79 metros cuadrados, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con pasillo de circulación; SUR: Fachada Sur del edificio; ESTE: Con el apartamento 3-E y OESTE: Con el apartamento 3-G. Al referido apartamento le corresponde un porcentaje de 1,3184% sobre las cosas de uso común y cargas comunes de la comunidad de propietarios, según consta del documento de condominio protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Maneiro de este estado, en fecha 14-04-98, bajo el Nro. 39, folios 171 al 192, Protocolo Primero, Tomo Segundo, Segundo Trimestre de dicho año. Dicho inmueble le pertenece al ciudadano ENRIQUE RIVERO RODRÍGUEZ según consta de document.....