se decreta la medida innominada de protección de la posesión a favor del ciudadano JUAN CARLOS SAAVEDRA GÓMEZ que tiene sobre el local comercial identificado el local comercial y su mezzanina que forma parte integrante del local identificado con la letra y número L-1, situado en el edificio centro comercial Virgen del Valle, ubicado en la intersección de las calles Mariño e igual de la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño de este estado y se prohibe mientras se resuelve la presente demanda o se disponga lo contrario mediante auto expreso, el decreto y la ejecución de la medida de secuestro y cualquier otra medida cautelar que implique desposesión del mismo, en la causa signada con el Nro. 1399-13 llevada por ante el Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de este estado o por cualquier otro Juzgado de éstos Municipios.